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AYUDAS DE EMERGENCIA A TRABAJADORES AUTÓNOMOS, MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS RADICADAS EN EL MUNICIPIO DE ALAMEDA Y AFECTADAS POR LA CRISIS SANITARIA DEL COVID-19

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AYUDAS DE EMERGENCIA A TRABAJADORES AUTÓNOMOS, MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS RADICADAS EN EL MUNICIPIO DE ALAMEDA Y AFECTADAS POR LA CRISIS SANITARIA DEL COVID-19

ATENDIDA las bases elaboradas por esta Alcaldía para la concesión de subvenciones dentro de su ámbito,

ATENDIENDO que las presentes ayudas tienen carácter urgente y no pueden demorarse,

RESULTANDO que los fondos se van a destinar a favor de personas o entidades que fomenten una actividad de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de un fin público social, y se otorgan con cargo al presupuesto de las entidades locales.

CONSIDERANDO los artículos 23 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece el procedimiento para la concesión de subvenciones de concurrencia competitiva.

ATENDIENDO a lo dispuesto en las Bases aprobadas en el presente decreto conjuntamente con las Bases de Ejecución del Presupuesto para el 2021, sobre la regulación de las aportaciones y subvenciones.

VISTO que existe una Retención de créditos nº 220210004660 por importe de 35.000,00 en la aplicación presupuestaria 430 479, del Estado de Gastos del Presupuesto del Ayuntamiento de Alameda para el año 2.021, con objeto de llevar a cabo el expediente de Créditos Extraordinario financiado con bajas de otras aplicaciones.

VISTO el informe de Vicesecretaría-intervención de fecha 12 de noviembre de 2021, obrante en el expediente y enterado de su contenido.

CONSIDERANDO que el alcalde-presidente es el órgano competente para el desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, así como para disponer gastos dentro de los límites de su competencia conforme establece el artículo 21.1 apartado f) de la ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

CONSIDERANDO el artículo 9, apartado 21, de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, cuyo ejercicio, en régimen de autonomía y bajo la propia responsabilidad municipal, fue reconocido por el Decreto-ley 7/2014, de 20 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes para la aplicación de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local Igualmente, en aplicación de la cláusula general de competencia, prevista en el artículo 8 de la citada Ley 5/2010, de 11 de junio, sin perjuicio de las competencias enunciadas, el Ayuntamiento de Alameda tiene competencia para ejercer su iniciativa en la ordenación y ejecución de cualesquiera actividades y servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades de la comunidad municipal, siempre que no estén atribuidas a otros niveles de gobierno.

VISTA la legislación aplicable contenida en la Ley 7/1985 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local y las facultades que la misma confieren a esta Alcaldía, enterado de lo dispuesto en el informe desfavorable de vicesecretaria intervención de fecha 12 de noviembre de 2021 el cual consta en el expediente, con esta fecha HE

RESUELTO:
Primero. - Aprobar el expediente 2000/2021 conjuntamente con las Bases que se adjuntan como anexo a la presente Resolución.

Segundo. - Aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones por procedimiento de concurrencia competitiva.

Tercero. - Suministrar, por parte de la Intervención, a la BDNS la documentación necesaria para que se proceda a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.

Cuarto. - Dar cuenta al Pleno de la Corporación en la próxima sesión que celebre.