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CONSULTA PÚBLICA PREVIA PLAN BÁSICO DE ORDENACIÓN MUNICIPAL DE ALAMEDA

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CONSULTA PÚBLICA PREVIA PLAN BÁSICO DE ORDENACIÓN MUNICIPAL DE ALAMEDA

El municipio de Alameda cuenta con unas Normas Subsidiarias de Planeamiento aprobadas definitivamente mediante acuerdo de Pleno de fecha 30 de enero de 2002 (BOP 29/05/2002) adaptadas a la Ley 7/2002 de 17 de Diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) mediante Acuerdo de 28 de noviembre de 2012 (BOP 23/06/2015).

El desarrollo urbanístico de gran parte de los suelos clasificados en las Normas Subsidiarias y el transcurso de dos décadas desde la aprobación del planeamiento hace necesario replantear el modelo de ciudad propuesto adaptándolo a las necesidades actuales de la población.

Por otro lado, tanto la legislación urbanística estatal y autonómica, como la legislación sectorial y, principalmente, la legislación ambiental, han sufrido importantes cambios que han de tener reflejo en el planeamiento municipal. Por ello, se hace necesaria la definición de un nuevo modelo urbanístico que de una respuesta adecuada a las necesidades y problemas actuales, estableciendo un marco jurídico seguro.

Desde la entrada en vigor de la ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA), el 23 de diciembre de 2021, no es posible iniciar la revisión de las vigentes Normas Subsidiarias adaptadas a la LOUA, debiendo procederse a su sustitución por alguno de los instrumentos de ordenación urbanística general previstos en la LISTA.

Al contar Alameda con una población de 5.453 habitantes según el censo de 2021, no ser un municipio litoral ni pertenecer a una aglomeración urbana, el instrumento de ordenación urbanística general más apropiado para el municipio es el Plan Básico de Ordenación Municipal (PBOM) que permite incorporar determinaciones de la ordenación general y detallada en un único instrumento de ordenación.

Todo lo anterior hace que el Ayuntamiento de Alameda considere necesario iniciar la tramitación urbanística y ambiental del Plan Básico de Ordenación Municipal para sustituir el instrumento de planeamiento general vigente en el municipio que permita incorporar el nuevo modelo de ciudad que desea implantar.

Con carácter previo a la redacción del Avance del Plan Básico de Ordenación Municipal y a tenor de lo dispuesto en los artículos 76.1 de la LISTA y 133.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPA) se somete a Consulta Pública esta iniciativa con el fin de conocer la opinión de la ciudadanía para que las personas y las organizaciones más representativas, potencialmente afectadas por la futuro Plan Básico de
Ordenación Municipal, puedan opinar y hacer aportaciones.

El plazo para la presentación de aportaciones será de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de su publicación en la página web del Ayuntamiento.